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Publicidad engañosa: algunos casos chilenos

mentirosomentirosoLa publicidad engañosa puede estar relacionada con características del producto que no se cumplen, precio, efectividad o cualquier hecho que contraste con lo expuesto en la publicidad.

De esta manera, para que una publicidad sea considerada engañosa o falsa, debe tener mensajes cuyas afirmaciones u omisiones puedan confundir al consumidor o, directamente, engañarlo.

Hoy en día, los consumidores están mucho más conscientes de sus derechos, motivo por el cual los reclamos ante campañas engañosas han aumentado considerablemente. Esto, además de las habituales manifestaciones en las redes sociales, las que también sirven para analizar la percepción que tiene la gente sobre determinado producto.

Tiempo atrás, las estaciones de metro estaban llenas de publicidad de zapatillas que tonificaban el cuerpo de las mujeres. La marca –internacional- tuvo que pagar una millonaria multa, un hecho que está muy por encima de los estándares chilenos en esta materia.

El 2005, el instituto AIEP aseguró, mediante publicidad engañosa, que los alumnos de la carrera de asistentes de matronas tendrían trabajo seguro. Sin embargo, ya avanzado el semestre, las autoridades de la institución declararon que no existía campo laboral para los futuros egresados de dicha carrera. Por esta razón, AIEP debió pagar una multa por cada afectado.

En abril del presente año, el Sernac presentó una denuncia contra la Universidad Cumbres de Chile, por afirmar en su sitio web ser reconocida y certificada por el Ministerio de Educación. Sin embargo, ésta no contaba con el reconocimiento oficial del Estado.

Además, la entidad ofrecía un Ipad por matricularse en determinados plazos, sin indicar las bases del concurso, lo cual también incurre en una falta a los derechos del consumidor.

Sin embargo, no sólo empresas o instituciones se han visto involucradas en este delito. El pasado 18 de agosto, un grupo de diputados acusó al ministro Jaime Mañalich de publicidad engañosa por anunciar el fin de las listas de espera AUGE.

Asimismo, se denunció a la empresa Clorox Chile, por la promoción de Clorinda que –de acuerdo a la etiqueta- contenía un kilo, en circunstancias que sólo había 960 mililitros del producto. En este caso, los fabricantes inducen la confusión al rotular en gramos y centímetros cúbicos, pasando por alto que un kilo de cloro no es equivalente a un litro de éste.

Así, la lista suma y sigue, dejando claro que todos-ya sea a través de etiquetas, concursos, incluso declaraciones públicas- están expuestos a ser multados por publicidad engañosa. Una materia que con el paso de los años se ha tomado más en cuenta.

Fuente: MarketingHoy.cl

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